lunes, 18 de mayo de 2020


PRIMERO LA VIDA, SÍ, PERO ¡NO ASÍ!

Generalizada y evidentes son las observaciones al gobierno por la compra de ventiladores o respiradores que, supuestamente, estaban destinadas a las Unidades de Terapia Intensiva (UTI). Calificativos de ineptitud, negligencia, irresponsabilidad e indicios de corrupción son los envuelven la compra de los famosos respiradores. Incluimos criterios que nos ayuden en el análisis y evaluación de la magnitud de las observaciones en la compra de respiradores que estaban destinados, inicialmente, para terapia intensiva.

¿A QUÉ SE LLAMA UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA?

La mayoría de los centros hospitalarios tienen unidades de terapia intensiva conocidas como UTI, y tienen el objetivo de mantener con vida (soporte vital) a personas en estado crítico en su salud.

La atención en terapia intensiva mantiene o monitorea alguna función vital, como la respiración. Pacientes que han sufrido infarto cardíaco, postoperatorio de cirugías complejas (oncológica, cerebral, abdominal, ortopédica, etc.), personas en estado de coma, politraumatismos, daño neurológico extenso, y otras consideradas graves.

Los pacientes están con anestesia y conectados a equipos especiales de ventilación mecánica, monitores cardíacos y presión venosa central, bombas de inyección de medicamentos y nutrientes, entre otros. Está a cargo de profesionales de la salud altamente especializado: médicos intensivistas, anestesiólogos o internistas en medicina crítica, y personal de enfermería. El personal realiza turnos de atención durante 24 horas.

¿QUÉ ES EL RESUCITADOR MANUAL TIPO AMBU?

Es un instrumento médico que da aire manualmente a pacientes con problemas de respiración o paro cardiopulmonar. La palabra AMBU es una sigla que viene de las palabras en inglés Airway Mask Bag Unit que podría traducirse como unidad de bolsa de reanimación o respirador manual.

El respirador manual se conecta directamente mediante una mascarilla o mediante un tubo endotraqueal con las vías aéreas (parte superior del aparato respiratorio) de la persona, suministrando oxígeno. La imagen muestra la forma del respirador manual y el modo de aplicación. Puede diferir en su diseño dependiendo la fábrica, la procedencia y el precio. En nuestro país[1] la oferta varía entre Bs.147 y Bs.306.

En la declaración del Ministro de Salud, entrevista en la red Unitel, admitió que los respiradores son de emergencia y mantiene al paciente durante su transporte hasta que sea conectado a un ventilador convencional de terapia intensiva.

De la búsqueda de ventiladores o respiradores automáticos portátiles[2] tipo AMBU con diseño para el cuidado de ventilación de emergencia en ambulancias, hospitales, centros médicos o cualquier servicio de urgente de rescate, existe una variedad  de respiradores que difieren en  el diseño, fabrica y procedencia, cuyos precios varían entre $us.6.680 y $us.8.000. Las imágenes son de algunos productos de ventiladores de emergencia. Pero, no son para la Unidad de Terapia Intensiva (UTI).

El respirador adquirido por el gobierno es RESPIRA GPA INNOVA[3], producto fabricado en España. Básicamente es un prototipo de ventilación invasiva, que automatiza los respiradores manuales tipo AMBU. Controla los parámetros necesarios para atender la respiración humana e incorpora un sistema de alertas.

El Ministerio de Salud, el pasado domingo 17 de mayo, comunicó que el costo de cada respirador fue de $us 27.683.


VENTILADORES O RESPIRADORES PARA UNIDADES DE TERAPIA INTENSIVA (UTI)
Como se vio anteriormente, la unidad de terapia intensiva ayuda a mantener con vida a los sistemas orgánicos de los pacientes críticos que demandan supervisión y monitoreo permanente e intensivo.

Por tanto, los respiradores o ventiladores de terapia intensiva son máquinas que funcionan y están controladas a través de un microprocesador electromagnético o neumático y proporciona gas de respiración enriquecido con oxígeno. Su uso es para casos graves que necesitan intubación a través de la tráquea, lo cual impide hablar y dificulta la comunicación del paciente.

De ahí que los respiradores para las unidades de terapia intensiva son más complejos y tienen características distintas, por ello, los precios son elevados y difieren de acuerdo al diseño, la fábrica y origen. El costo fluctúa entre $us 30.000 y $us 35.000.

LAS DUDAS CRECEN SOBRE LA COMPRA DE VENTILADORES O RESPIRADORES

Mohammed Mostajo-Radji[4] Embajador de Ciencia, Tecnología e Innovación, y novio de la hija de Jeanine Añez, el 1 de abril declaró que el gobierno adquirió 500 respiradores para enfrentar el Coronavirus, “Lo más difícil ha sido encontrar 500 ventiladores que no solamente cumplan todos los requisitos de la Organización Mundial de la Salud, sino también que funcionen en altura, dada la geografía de nuestro país”, y que los mismos llegarían las próximas semanas para su distribución en todo el país.

El entonces Ministro de Salud, Aníbal Cruz, en su mensaje diario ratificaba que había autorizado la compra de estos equipos, además de instruir la capacitación de personal para la atención, y que el hospital de segundo nivel de La Portada, en la ciudad de La Paz, recibiría respiradores y unidades de terapia intensiva.

Las observaciones y dudas sobre la compra de los ventiladores de emergencia crecen, y conducirán a mayores problemas en el futuro inmediato.


  •           Se repite la práctica cuestionada en la gestión pública, que familiares de altas autoridades ocupen cargos importantes. La población reprochó a los gobiernos de los pactos políticos porque no tenían ningún reparo en nombrar a familiares en puestos relevantes, los cuales a la larga se vieron envueltos en manejos cuestionados de recursos. Éste fue el principio del fin de la “partidocracia” que concluyó el 2005.
  •                     El actual Embajador de Ciencia, Tecnología e Innovación, Mohammed Mostajo-Radji, además de novio de la hija de la presidente Jeanine Añez, es uno de los principales encargados de la compra de los respiradores observados. Carolina Ribera Añez, hija de la presidente, desempeña funciones de Representante en la Unidad de Apoyo de Gestión Social de la Presidencia.  
  •                     Los 170 respiradores de emergencia llegaron el miércoles 13 de mayo, después de 43 días del anuncio de la compra realizado el 1 de abril. El tiempo transcurrido y el estado de avance de la pandemia, suponía que los respiradores de terapia intensiva tenían urgencia. Al parecer para el Ministerio de Salud no son urgentes, pues informó que los respiradores comprados no son para terapia intensiva, entonces, ¿hay otro proceso de compra de 500 respiradores para terapia intensiva?, ¿estarán en el tiempo oportuno éstos respiradores de terapia intensiva?, y ¿es verdad que el gobierno prioriza la vida?   
  •         El ministro Marcelo Navajas, reconoció que los respiradores comprados permitirán atender casos de emergencia, permitiendo ayudar a los pacientes hasta que sean asistidos por los equipos convencionales de terapia intensiva, que todavía no tienen los respiradores adecuados. Los pacientes graves esperarán a riesgo de su vida.
  •                El Directorio de la Sociedad Boliviana de Medicina Crítica y Terapia Intensiva[5] a través de  Comunicado a la Opinión Pública el día sábado 16 de mayo, declaró que los respiradores que compró el gobierno no son aptos para pacientes críticos COVID-19. Así mismo, el ex presidente de la Sociedad de Intensivistas, Freddy Sandy, coincidió al afirmar que ésos equipos dan oxígeno por corto tiempo, “es decir, que no podrían ser utilizados en Unidades de Terapia Intensiva”.
  •                     La presidenta Jeanine Áñez en la entrega de respiradores en la ciudad de Santa Cruz, señaló que “Tenemos las unidades de terapia intensiva, que las otorgaremos en la medida de las necesidades de cada municipios”. Además, informó que se habrían adquirido unos 600 equipos de respiradores (¿no es que eran 500?), y el ministro Navajas complementó, que en una semana llegarían procedentes de China los respiradores convencionales para terapia intensiva. Supone entonces que, ¿el país contará con 500 ventiladores convencionales en una semana? El tiempo corre, y la mirada de la población estará atenta a la llegada de los respiradores.
  •                  La observación crece con la declaración del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al señalar que financió la compra y el traslado desde España de los 170 ventiladores para pacientes con Covid-19 en estado crítico (¿?). El BID destinó $us 82 millones para atender el Coronavirus, de los cuales $us 5 millones fueron para la compra de los 170 respiradores. El precio de cada respirador de emergencia es $us 27.683, es decir que no se gastó todo el financiamiento (deuda) del BID y habría un saldo de al menos $us 293.000, sobre el cual urge la presentación de informe documentado. Instancias como la Asamblea Legislativa Plurinacional y el Ministerio Público están obligados en pedir de inmediato los informes detallados.
  •               Pero la duda crece y continúa. Si los $us 5 millones del BID fueron utilizados para la compra de respiradores de emergencia y no para los de terapia intensiva, concluimos entonces que el BID ¿financiará la compra de respiradores para terapia intensiva?, si fuese así, los respiradores de terapia intensiva tienen un costo entre $us 30.000 a $us 35 000. El BID ¿otorgará otro financiamiento para la compra de 500 respiradores de terapia intensiva? El costo aproximado de los 500 respiradores es alrededor de $us 30 millones, ¿los $us 30 millones serán en calidad de deuda o donación del BID?
  •         Muchas autoridades de gobierno en la intención de evitar el cerco de dudas de transparencia sobre el manejo de recursos efectuaron declaraciones en el sentido que la cooperación internacional es la encarga de todas las compras. Significa que, ¿el personal del gobierno no es trasparente, y si lo es el de la cooperación internacional?, ¿el sistema de compras estatales (SICOES[6]) no es rápido y transparente?, ¿cómo se explica la compra observada de diesel hecha por YPFB, que fue rápida y directa a través del SICOES? Finalmente, el hecho que las compras sean realizadas por la cooperación internacional, no exime que el gobierno y la cooperación realicen una rendición pública en el manejo de los recursos.


domingo, 10 de mayo de 2020

APUNTES SOBRE EL DECRETO SUPREMO 4232 (AUTORIZA EVALUAR TRANSGÉNICOS) Jose Roberto Ballesteros Coca

APUNTES SOBRE EL DECRETO SUPREMO 4232
(AUTORIZA EVALUAR TRANSGÉNICOS)
Jose Roberto Ballesteros Coca 

Era previsible que este tema controversial no solo en Bolivia sino a nivel global hubiese pasado inadvertido. Aprobar la evaluación del uso de las semillas transgénicas, es un asunto no solo de especialistas, sino de la población que cuestiona o al menos tiene muchas dudas fundadas.

Y la pregunta salta ¿cuál fue la razón para aprobar rápidamente el Decreto Supremo 4232 en un periodo de Cuarentena? ¿Los proyectistas del Decreto, consideraron la probable resistencia que un tema de interés de productores agrícolas pequeños y medianos, organizaciones dedicadas a la actividad ambiental/ecológica, y de la población?

Revisamos el Decreto Supremo 4232 en la parte Considerativa y su artículo único.
Se menciona el Art. 406 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que el Estado debe promover y fortalecer a los pequeños productores del campo y la ciudad; numerales 1 y 4 del Art. 407 de la CPE, el Estado garantiza la soberanía y seguridad alimentaria priorizando los productos agrícolas de origen nacional; la Ley 602 dirigida a la gestión de riesgos y desarrollar la cultura de la prevención, se incluye el Art. 36 inciso e) sobre las amenazas biológicas; el DS 24676 que aprueba el Reglamento de la Decisión 391 de la Comisión de Acuerdo de Cartagena sobre bioseguridad; el DS 4179 que declara situación de emergencia nacional por la presencia del Coronavirus; menciona de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que declara pandemia mundial al Coronavirus; el DS 4196 que establece emergencia sanitaria nacional y cuarentena; y el DS 4214 que amplía la cuarentena al 30 de abril.

El párrafo final de los considerandos, resume que tomando en cuenta seguridad alimentaria, la gestión de riesgos a causa del Coronavirus considera la necesidad de evaluar a la caña de azúcar, el maíz, algodón y trigo en eventos diferentes (semillas) genéticamente modificados (transgénicos) para el consumo interno.

¿Quién evaluará las semillas transgénicas de la caña de azúcar, trigo, algodón y maíz? El Comité Nacional de Bioseguridad que en plazo de 10 días establecerá procedimientos abreviados para evaluar el maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya para el consumo interno y la exportación
¿Realmente era necesario aprobar el Decreto Supremo 3242? No. Si la prioridad estaba en garantizar el consumo interno durante y después de la pandemia ¿no hubiese sido pertinente fortalecer y garantizar mejores condiciones de producción a los productores agrícolas en ésos productos y otros?

Toda la normativa mencionada que sustenta el DS 4232 no tiene la suficiente coherencia con el objetivo principal del Decreto. Tema delicado y que es de interés nacional.

El párrafo final de los Considerandos del Decreto, concluye que se trata de garantizar el consumo interno, para ello se evaluaría los eventos genéticamente modificados de la caña de azúcar, el maíz, algodón y trigo. Pero, el artículo único del Decreto incluye a la soya, además que el objetivo ya no será solo el consumo interno, sino que se extiende para la exportación. La observación e intencionalidad es evidente.

El Decreto asigna al Comité Nacional la actividad de establecer procedimientos abreviados de evaluación en un plazo de 10 días. Labor que no será tan fácil. Hay al menos dos normativas que están por encima del Decreto, la Ley 144 de la Revolución Productiva Comunitaria Productiva, artículo 15. (Política de protección de recursos genéticos naturales), numeral 2, “No se introducirán en el país paquetes tecnológicos agrícolas que involucren semillas genéticamente modificadas de especies de las que Bolivia es centro de origen o diversidad, ni aquellos que atenten contra el patrimonio genético, la biodiversidad, la salud de los sistemas de vida y la salud humana.”; y fundamentalmente el artículo 409 de la CPE, “La producción, importación y comercialización de transgénicos será regulada por Ley”. 


El intento de canalizar la apertura (evaluar) y el posterior ingreso de semillas (eventos) genéticamente modificadas, en una coyuntura donde la mirada de toda la población está dirigida al avance del Coronavirus y el reclamo creciente de reiniciar actividades económicas, no fueron motivos para desatender el tema de los transgénicos y rápidamente se levantaron voces de rechazo, desde distintos sectores de la población. 

Hay momentos ineludibles en los cuales nos sentimos interpelados para tomar partido frente a temas vitales, en este caso se trata de comprometer la vida presente y futura. En ese sentido, nos sumamos al rechazo y la anulación del Decreto Supremo 4232. No tiene sentido que el gobierno y los sectores que impulsan el Decreto continúen ante una pelea ya perdida. 

viernes, 8 de mayo de 2020


DESAFÍO EN TORNO A LOS SALARIOS, DESPUÉS DE 14 AÑOS
Jose Roberto Ballesteros Coca

El pasado 1 de mayo 2020 estuvieron ausentes las acostumbradas concentraciones y marchas de trabajadores y trabajadoras rindiendo homenaje a los mártires de Chicago[1] de 1886 y a miles de trabajadores anónimos que hicieron posible el avance de los derechos laborales. Tampoco fue posible ratificar la indeclinable demanda por mejores condiciones de trabajo. El obstáculo, la pandemia global del Coronavirus.

Durante más de un década cada 1 de mayo los trabajadores de Bolivia no solo recordaban a sus mártires, también avanzaban en mejorar las condiciones de trabajo. Era previsible la aprobación de alguna medida laboral, siendo el incremento salarial el más esperado. El 1 de mayo 2020 será recordado por la soledad y la apertura del futuro incierto para los trabajadores.   

Entre las demandas de los trabajadores la principal es el incremento salarial. Concentra gran parte de las aspiraciones de mejorar las condiciones de vida. Analizaremos la variación del Salario Mínimo Nacional (SMN) y el Sueldo Básico del 2000 al 2020 vinculado a la orientación de la política salarial en ese periodo.

SALARIO MÍNIMO NACIONAL Y SUELDO BÁSICO[2].

La mayoría de los países tienen en su legislación laboral una remuneración mínima, denominada salario mínimo o sueldo mínimo, que es la cantidad mínima de dinero que los empleadores (público y privado) pagan al trabajador/a por el trabajo realizado durante el tiempo laboral.

En noviembre de 1986 se dio el cambio de moneda al Boliviano[3] (Bs) y con él varias destinadas a su implementación, incluyendo el término de Salario Mínimo Nacional (SMN). La aplicación del SMN fue de carácter nacional y sin ninguna exclusión. Hasta ahora, sirve como parámetro de remuneración mínima en cualquier tipo de contratación con relación de dependencia. Su actualización periódica responde a las variaciones de la canasta básica familiar.

El sueldo básico es el más significativo para los trabajadores. Está compuesto por una estructura mínima y que varía de acuerdo al lugar de trabajo, actividad o sector. Es la base de la remuneración que recibe el trabajador/a al cual se agrega el bono de antigüedad, aportes, horas extras, y otros ítems específicos a cada sector o rama de actividad.

La relación e importancia del SMN y el sueldo básico en los últimos 14 años radica en el incremento sostenido de ambos, pero mayor en el primero y que repercute en el salario básico. El cálculo de los componentes del salario básico tienen como base el SMN (bono de antigüedad, horas extraordinarias, pago de subsidios de prenatal, natalidad, lactancia, y otros que tiene cada sector). Adicionalmente, gran parte de las empresas “formales” cancelan el nivel del  SMN como retribución a los segmentos más bajos de la nómina de trabajadores.

EL PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB) Y LA INFLACIÓN

Las variables de la inflación y del Producto Interno Bruto[4] contribuyen en la explicación de las variaciones del salario mínimo nacional, el sueldo básico y las orientaciones de las políticas salariales aplicadas en el periodo de análisis.

El PIB al ser una variable macroeconómica, muy utilizada por los niveles gubernamentales con el objetivo de informar y comunicar aspectos relevantes sobre del desempeño de la economía de un país, anticipa a futuro las condiciones y efectos que tendrán el salario básico y el SMN.

El salario o sueldo son susceptibles de la influencia de diversas variables que afectan a su capacidad de compra o poder adquisitivo, entre ellas la inflación[5]. Mantener o bajar la cantidad de bienes y servicios comprados, dados los precios, dependerá de cuánto es el efecto de la inflación.

VARIACIÓN DEL PIB, SALARIO MÍNIMO NACIONAL Y SUELDO BÁSICO

El Gráfico N°1 muestra el comportamiento del PIB, el salario mínimo nacional y el sueldo básico en el lapso 2000-2020. El Producto Interno Bruto registra menor crecimiento el 2001 con 1.7%, la más alta de 6.8% el 2013, y cierra la gestión 2019 con 2.9%. En las dos décadas la tendencia preponderante fue de crecimiento, pero los años 2016-2018 comienzan a bajar y se profundiza el 2019, debido principalmente al suceso político social del último cuatrimestre.

El comportamiento dominante del salario mínimo nacional (SMN) fue de crecimiento, el pico de aumento el 2012 alcanza a 22,6%, se congela las gestiones 2004 y 2005, y cierra el 2019 con el 3%. Complementariamente, el sueldo básico antes del 2006, estaba sujeto a la negociación entre empleadores y trabajadores determinado por el Artículo 62 del D.S. 21060, vigente en ese entonces. Será recién el 2007 que el gobierno asume la decisión de fijar la base de incremento del sueldo básico para la negociación entre empleadores y trabajadores. El mayor aumento del salario básico fue de 10% registrado el 2008, 2011 y 2014, y en la gestión 2019 fue 14% la menor en todo el ciclo.

Durante los 20 años se observa dos períodos. El primero 2000-2005 donde el SMN desciende para luego permanecer congelado y un crecimiento promedio de 5.02%; el sueldo básico estaba sujeto a la negociación entre empleadores y trabajadores, mientras que el PIB empezaba a crecer lentamente a un promedio de 3%. El segundo 2006-2019, de mayor tiempo, en el que el PIB tiene una expansión promedio de 4.72%, y el sueldo básico paralelo al SMN tienen subidas por encima del Producto Interno Bruto con tasas promedio de 7.08% y 11.77% respectivamente.

La explicación principal de las dos tendencias entre el 2000 y el 2019 es el cambio en la orientación en la política salarial. El primero responde al D.S. 21060, toda vez que el gobierno no define el sueldo básico, y el SMN tiene un comportamiento contra el ciclo del PIB; mientras que en el segundo periodo, el gobierno incorpora y fija el incremento del  salario básico y el salario mínimo nacional, superiores a lo sucedido con el PIB.
VARIACIÓN DE LA INFLACIÓN, SALARIO MÍNIMO NACIONAL Y SUELDO BÁSICO


La inflación es uno de los argumentos principales en las negociaciones que encaran los trabajadores/as y sindicatos frente al gobierno y los empleadores a momento de justificar el incremento salarial, habida cuenta que una mayor inflación baja el poder adquisitivo de los salarios.

La influencia directa de la inflación en el SMN y el sueldo básico en la etapa 2000-2019 (Gráfico N°2), muestra dos momentos. Entre el 2000-2006 se observa expansión lenta de la inflación. Para el 2007 a 2019 un crecimiento pronunciado que sucede el 2007-2008 (11.73% y 11.85% respectivamente), y vuelve a una reducción cerrando el 2019 con el 1.47%. En el caso del SMN entre el 2000 y 2005 disminuye y queda congelado, mientras que la inflación crece y disminuye la capacidad de compra del SMN. En el resto del periodo (2006-2019) el SMN se extiende muy por encima de la inflación, excepto el 2007, 2008 y 2010. El gobierno incorpora desde el 2007 la determinación del incremento del sueldo básico como base de negociación entre empleadores y trabajadores.

Hay un cambio cualitativo de las acciones del gobierno en materia salarial. En el primer tramo (2000-2006) el SMN disminuye su capacidad de compra que registra un promedio de 5.02% de variación, y el aumento del sueldo básico estaba sujeto a la negociación entre empleadores y trabajadores. Entre el 2007-2019, el gobierno fija el incremento del SMN dirigido a reponer el efecto de la inflación e incrementarlo por encima de la inflación, el SMN crece en promedio 11.77%. Asimismo el gobierno fija el nivel del sueldo básico como base de negociación entre empleador y trabajadores. El sueldo básico sube más que la inflación, en promedio 7.08% y 5.12% respectivamente.

Comentario adicional sobre la elevada inflación el 2007 y 2008. En general, el funcionamiento de la economía es sensible ante la inestabilidad y conflicto político. A inicios del 2000 Bolivia comenzó a vivir conflictos sucesivos de carácter político, que fueron agudizándose hasta concluir con la renuncia del Presidente en octubre del 2003. Esos años la economía perdió dinamismo. Entre los años 2006 y 2008 sucedieron eventos de alta conflictividad política que impactaron en la subida de la inflación, ya que el PIB registraba crecimientos de 4.8%, 4.6% y 6.1%, es decir, las tasas elevadas de inflación no respondían a causas estructurales en el funcionamiento de la economía.

EL SALARIO MÍNIMO NACIONAL EN BOLIVIANOS Y DÓLARES AMERICANOS


La comparación del Salario Mínimo Nacional (SMN) entre 2000-2019 en la moneda del Dólar Americano[1] ($us), radica en que el Dólar es una moneda extranjera con mayor estabilidad y de frecuente uso como depósito de valor; el SMN es la base de cálculo de componentes del sueldo básico como son: el bono de antigüedad, horas extraordinarias, subsidios de maternidad, y otros ítems que tiene cada sector.

El crecimiento del SMN en la moneda Bs tuvo dos momentos claramente diferenciados. Desde el 2000 al 2005 cambia de Bs.355 a Bs.440, y permanece congelado el 2003, 2204 y 2005 registrando 24% de variación. Del 2006 al 2019 sube de Bs.440 a Bs.2.122 lo que significa un incremento de 382%. (Gráfico N°3)

La trayectoria del SMN equivalente en Dólares Americanos, registra que el 2000 el SMN equivalía $us.57 y para el 2005 alcanzaba a $us.54 significando un caída de -5%. Para el periodo 2005-2019 se observa que el SMN de un valor de $us.54 se extiende a $us.307 produciéndose un aumento de 469%.

La comparación del SMN en Dólares Americanos permite observar que la variación porcentual en Dólares Americanos durante el 2000-205 se redujo -5%, en tanto que para el 2005-2019 el mismo sube 469%, mayor al que se dio en Boliviano, 382%.
CONCLUSIONES

  • El salario mínimo nacional y el sueldo básico en el periodo 2000-2019 comparado con la variación del Producto Interno Bruto, muestra dos comportamientos. Desde el 2000 a 2005, el PIB crece en promedio 3% y en paralelo el SMN desciende y después se congela, registra la variación promedio de 5.02%. Entre 2006 y 2019, el PIB continúa creciendo al promedio de 4.72%, y el SMN presenta un incremento promedio de 11.77% (aumento superior al PIB); además, el gobierno define el aumento del sueldo básico que será la base de negociación entre empleadores y trabajadores.
  • El balance de la Inflación, el salario básico y el SMN también contrasta dos momentos. Entre 2000-2005 la tasa de inflación sube en promedio 3.38% y el SMN registra un promedio 5.02%. Durante los años 2005 a 2019 la inflación crece en promedio 5.12%, pero el SMN presenta un aumento promedio 11.08% (mayor a la inflación); el gobierno determina el incremento del sueldo básico en promedio 7.08%, y será la base de negociación entre trabajadores y empleadores. El sueldo básico y el SMN presentan aumentos superiores a la inflación, es decir, se repone la inflación y sube la capacidad de compra.
  • El tratamiento del salario mínimo nacional y el sueldo básico en el ciclo 2000-2019 por parte de los gobiernos muestra diferentes orientaciones en materia salarial. Entre el 2000 y 2005 la política salarial no protege el poder adquisitivo del salario mínimo nacional y deja a la negociación del sueldo básico sujeto al Artículo 62 del D.S. 21060. En el tramo 2006 y 2019, la política salarial se dirige a reponer el efecto de la inflación en el SMN y el sueldo básico e incrementa la capacidad de compra; el gobierno define la base de incremento del sueldo básico desde el 2007 y que sea la base de negociación entre empleadores y trabajadores.
  • El análisis de los incrementos del salario mínimo nacional y la equivalencia en la moneda Dólar Americano reitera la presencia de dos momentos en el lapso 2000-2019. El año 2000 el SMN equivalía $us.57 y $us.54 el 2005 lo que significa una reducción de -5%; para el tiempo 2005-2019 la variación de $us.54 llega el 2019 a $us.307 lo que significa 469% de aumento, mayor al incremento porcentual en Boliviano que fue 382% en el mismo periodo. La importancia de comparar los incrementos del salario mínimo nacional en Dólar Americano es por el hecho que es una moneda más estable y tiene la función de depósito de valor. El incremento en Dólar Americano fue mayor al Boliviano.
  • Es posible que a partir del fenómeno del Coronavirus, ingresemos a una fase regresiva en materia salarial, toda vez que el 2020 la discusión y del aumento del SMN y el sueldo básico son inciertos. Será fundamental la experiencia de la dirigencia sindical y de  trabajadores/as para enfrentar el desafío de mantener la orientación de la política salarial que estuvo vigente los últimos 14 años.
  • Mantener la política salarial de reponer la inflación e incrementar la capacidad de  compra del salario mínimo nacional y el sueldo básico fue un componente del modelo económico que dinamizó el mercado interno. El probable escenario post cuarentena de  enfrentar el Coronavirus demandará de acciones inmediatas con el objetivo de reactivar la economía interna a través de medidas que estimulen la demandad interna. Mantener e incrementar el poder adquisitivo del SMN y el sueldo básico es necesario y viable en lo inmediato. Más aun, cuando la mayor parte de las empresas formales cancelan el SMN, y es el referente de remuneración en otros sectores de la economía.
  • Muchas de las crisis originadas por factores externos tuvieron solución descargando el peso mayor en la población de menores condiciones económicas. Es necesario revertir esa usual forma de solución. Reactivar la economía tiene que encararse en función a las capacidades económicas de la población. La discusión sobre el incremento del SMN y el sueldo básico de la gestión 2020 debe realizarse lo antes posible. Y a futuro, es evidente la discusión de una política salarial que incorporé, al menos, los criterios vinculados a la productividad, lo sectorial y de las diferencias territoriales.





[1] La función de depósito de valor de la moneda, básicamente consiste en poder comprar a futuro. Tiene la capacidad de mantenerse estable a lo largo del tiempo. 








[1] El 1 de mayo de 1886, en Chicago, los trabajadores logran la conquista de la jornada laboral de 8 horas y la libertad de organización sindical.
[2] Utilizamos el término de Sueldo Básico antes que Haber Básico porque es el más usado y tiene diferencia con el Salario Mínimo Nacional.
[3] En noviembre de 1986, posterior al proceso de hiperinflación, se realiza un conjunto de reformas, estableciéndose una nueva moneda denominándose el Boliviano (Bs) mediante el Decreto Ley 901.
[4] El Producto Interno Bruto es la suma de todos los bienes y servicios finales que son producidos dentro del territorio de un país, tanto por empresas nacionales como extranjeras, en el transcurso de un periodo de tiempo determinado, generalmente un año.
[5] La inflación es el aumento general y sostenido de los precios de los bienes y servicios de una economía en el transcurso del tiempo.





viernes, 1 de mayo de 2020

A las trabajadoras y trabajadores de Bolivia, muchas felicidades éste 1 de mayo 2020. Y gloria a los mártires de Chicago por las 8 horas de la jornada laboral y la libertad de organización sindical, y a los mártires de la clase obrera boliviana y los anónimos trabajadores y trabajadoras que hicieron posible el avance y consolidación de los derechos laborales.


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